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Beca Santander

 

Índice  

  • Información General
  • Requisitos
  • Presentación de solicitudes y Documentos exigidos
  • Incompatibilidades
  • Plazo de solicitud
  • Tramitación y plazo de subsanación
  • Criterios de selección y adjudicación de las becas
  • Obligaciones de los beneficiarios 

    Información General

    Resolución de 8 de mayo de 2018 (BOE 14-05-2018)

     Existen dos modalidades de beca: 

    • Beca completa: Consiste en el pago del alojamiento y manutención en las instalaciones de la UIMP o en otras residencias concertadas y la matrícula gratuita al curso o seminario que se solicite. Dicha beca incluirá el alojamiento y cena del día anterior al comienzo de la actividad; el alojamiento, desayuno, comida y cena de los días completos en que se desarrolle el curso; y el desayuno y la comida del día en que finalice el curso. En el supuesto de que el curso se inicie por la tarde a partir de las 15,30 h., el alojamiento estará disponible desde el mismo día de comienzo del curso, y si el día de finalización se clausura con posterioridad a las 17,00h., la salida será al día siguiente por la mañana.
    • Beca de matrícula: Comprende exclusivamente la exención del pago de la matrícula en el curso o seminario solicitado por el alumno.

    Los gastos de desplazamiento desde el lugar de residencia habitual del beneficiario hasta las instalaciones de la UIMP correrán siempre por cuenta del beneficiario.

    Asimismo y en caso de asistir a la actividad académica para la que hubiese obtenido la beca, el beneficiario deberá abonar el precio público correspondiente a los gastos de secretaría por la formalización de su expediente (20€). 

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Requisitos

1. Becas completas. Podrán solicitar esta modalidad de beca quienes cumplan los requisitos que a continuación se indican

1.1. Estar matriculado en el curso académico 2017-18 o 2018-19 en estudios oficiales conducentes a la obtención de un título de Grado, Máster o Doctor en una Universidad española, o en cualquier otro estudio que equivalga a ellos, según la normativa vigente. A estos efectos se entiende que, en cualquier caso, son estudios equivalentes los conducentes a la obtención de un título de Maestro, Diplomado, Licenciado, Arquitecto, Arquitecto Técnico, Ingeniero e Ingeniero Técnico.

1.2. También podrán solicitar beca completa quienes, sin estar matriculados en el presente curso académico, hubiesen finalizado los estudios universitarios a los que se refiere el apartado (1.1) con posterioridad a 31 de diciembre de 2012.

1.3. En cualquiera de los casos descritos anteriormente, el solicitante deberá acreditar una nota media igual o superior a 6 (sobre base 10) en el expediente académico.

2. Becas de matrícula: Podrán solicitar esta modalidad de beca quienes cumplan los requisitos mencionados en el apartado 1, así como también aquellos solicitantes que hayan finalizado con anterioridad al curso académico 2017-18 cualquiera de los estudios oficiales enumerados en el párrafo anterior. 

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Presentación de solicitudes y Documentos exigidos

Las solicitudes de beca se cursarán por cualquiera de las opciones que a continuación se indican: 

1. Telemáticamente a través de la página web de la Universidad (www.uimp.es), mediante el formulario disponible a este efecto en dicho sitio web. Junto con el formulario de solicitud de beca, el solicitante deberá aportar y cargar en soporte electrónico la siguiente documentación: 

  • Certificación académica personal completa, con expresión de la nota media en base 10 obtenida en los estudios oficiales que esté cursando o haya cursado y alegue el solicitante, y en los términos que se especifican en el número Undécimo de la convocatoria (Resolución de 8 de mayo de 2018, BOE de fecha 14-05-2018).
  • Una fotografía reciente, tamaño carnet, del solicitante.
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.

Adicionalmente, y para justificar diversos extremos de esta convocatoria, los solicitantes habrán de aportar también: 

a)   En el supuesto de que el solicitante se encuentre matriculado en el curso académico 2017/18 o 2018/19 en estudios oficiales conducentes a la obtención de un título de Grado, Máster o Doctor en una Universidad española, o en cualquier otro estudio que equivalga a ellos, según la normativa vigente, deberá aportar el resguardo de matrícula o documento acreditativo.

b)    Aquellos alumnos que, sin estar matriculados en el presente curso académico en los estudios universitarios descritos en el número Segundo de esta convocatoria, y que hubiesen finalizado esos mismos estudios con posterioridad a 31 de diciembre de 2012, deberán aportar la documentación acreditativa correspondiente.

c)    Los alumnos que hubieran obtenido Premio Arquímedes, Premio Nacional de carrera Universitaria o Premio Extraordinario en cualquier Universidad española, deberán presentar la documentación acreditativa correspondiente.

Durante el proceso temático de solicitud se generará un resguardo que el solicitante deberá conservar en su poder para presentarlo posteriormente en la UIMP, junto con los originales de la documentación requerida en formato papel, en caso de resultar adjudicatario de la beca.

2. Asimismo podrá presentarse la solicitud de beca, conforme al modelo que se incluye en la convocatoria (Anexo III) junto con los documentos requeridos, y conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, a través del Registro General de la Universidad o de cualquier otro Registro público o medio habilitado administrativamente. 

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Incompatibilidades

Además de las incompatibilidades generales establecidas en la Ley General de Subvenciones y demás normativa aplicable, ningún alumno podrá disfrutar de más de una beca de la UIMP por año, criterio aplicado al conjunto de las sedes. La percepción de la beca será incompatible con cualquier otra ayuda o subvención para la misma finalidad. 

Plazo de solicitud

  • Hasta el día 28 de mayo para los cursos que comiencen antes del 6 de julio de 2018.
  • Hasta el día 15 de junio para los cursos que comiencen a partir del 9 julio de 2018.

Tramitación y plazo de subsanación

En caso de que la documentación presentada fuese incompleta, se otorgará a los solicitantes un plazo de subsanación de 10 días. Si en ese plazo no subsanasen el defecto se procederá al archivo de su solicitud. 

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Criterios de selección y adjudicación de las becas

Los criterios de selección así como las bases reguladoras para la instrucción, tramitación y adjudicación, estarán disponibles en el texto de la convocatoria publicado en el BOE (14-05-2018) y en la página web: www.uimp.es

La adjudicación de becas se hará en régimen de concurrencia competitiva y se notificará a los solicitantesa través de la página web de la Universidad: www.uimp.es. 

En el plazo de diez días los interesados que hayan sido propuestos como adjudicatarios de una beca completa o de matrícula en la propuesta de resolución definitiva, deberán comunicar su aceptación. En el mismo plazo, y en todo caso con anterioridad al comienzo de la actividad académica para la que hayan obtenido la beca, los solicitantes que resulten propuestos deberán presentar los resguardos de solicitud junto con la documentación oficial o fotocopia compulsada requerida en las sedes y centro docentes de la UIMP o en cualquiera otra de las dependencias a las que se refiere el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, dentro del plazo estipulado por la convocatoria de ayudas para cada sede y centros docentes. 

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Obligaciones de los beneficiarios

Los beneficiarios de las ayudas solicitadas están obligados a asistir a los cursos para los que se les ha concedido la beca, siendo necesario para que se les expida el correspondiente certificado acreditativo que justifique como mínimo el 80% de las sesiones programadas. También deberán respetar las instalaciones de la Universidad o aquellas donde ésta celebre los cursos.

El incumplimiento de las anteriores obligaciones será causa de reintegro de la beca. Podrá ser igualmente susceptible de los correctivos procedentes según la normativa universitaria o la que, en su caso, resulte de aplicación.