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Másteres Universitarios

Evaluación y convocatorias en Másteres Universitarios

Sistema de calificación

Independientemente de que los títulos de Máster Universitario puedan estar organizados en módulos, se calificará de forma independiente cada una de las materias o asignaturas que los componen.

El sistema de calificación en los estudios oficiales de Máster Universitario se regirá por lo previsto en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Los resultados obtenidos por el estudiante en cada una de las asignaturas del plan de estudios se calificarán en función de la siguiente escala numérica de 0 a 10, con expresión de un decimal, a la que se añadirá su correspondiente calificación cualitativa.

ALFABÉTICA NUMÉRICA
No presentado (NP)  
Suspenso (S) 0 - 4,9
Aprobado (A) 5 - 6,9
Notable (N) 7 - 8,9
Sobresaliente (SB) 9 - 10

La mención de Matrícula de Honor (MH) podrá ser otorgada a los alumnos que hayan obtenido una calificación igual o superior a 9. Su número no podrá exceder del cinco por ciento de los alumnos matriculados en una asignatura en el correspondiente año académico, salvo que el número de alumnos matriculados sea inferior a 20, en cuyo caso se podrá conceder una sola Matrícula de Honor. Para el cálculo del número máximo de matrículas de honor se redondeará al entero más cercano. 

Las asignaturas reconocidas conservarán la calificación de la asignatura de origen. En el caso de que una asignatura sea reconocida por varias asignaturas de los estudios de origen la calificación de esta será la media ponderada de las asignaturas implicadas en la titulación de origen. Los créditos reconocidos por experiencia laboral o profesional acreditada y por títulos propios se reconocerán con la consideración de Apto, sin calificación, y no serán tenidos en cuenta a efectos de ponderación del expediente.

Tanto las calificaciones numéricas como las alfabéticas que se deriven de ellas pasarán a formar parte del expediente académico de cada estudiante y se incluirán en las correspondientes certificaciones académicas. 

La media del expediente académico de cada estudiante será el resultado de la aplicación de la siguiente fórmula: suma de los créditos obtenidos por el estudiante multiplicados cada uno de ellos por el valor de las calificaciones que correspondan y dividida por el número de créditos totales superados por el estudiante.

Las asignaturas que se ponderen con un sistema de suficiencia, Apto/ No apto, no computarán en la nota media del expediente.

Convocatorias y períodos de calificación 

De acuerdo con el sistema de evaluación continua, en los estudios oficiales de Máster Universitario existirán dos convocatorias en un mismo año académico. Las convocatorias ordinarias son:

  • Febrero y extraordinaria de septiembre: para las asignaturas cuya docencia se imparte durante el primer cuatrimestre.
  • Junio y extraordinaria de septiembre: para las asignaturas cuya docencia se imparte durante todo el curso o durante el segundo cuatrimestre.

En total, el estudiante dispondrá de cuatro convocatorias para superar cada una de las asignaturas del plan de estudios.

El periodo de introducción de calificaciones en la aplicación informática de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo será aprobado, para cada curso académico, por el Vicerrectorado de Postgrado e Investigación. El mismo facilitará las instrucciones necesarias para que los profesores coordinadores de asignaturas procedan a su cumplimentación en los plazos establecidos.

La apertura de actas se realizará al finalizar los cuatrimestres, en los plazos habilitados para ello y que oportunamente se comunicarán a todos los docentes responsables de su formalización.

Sobre la calificación de las asignaturas

Responsabilidad

La calificación de las pruebas de evaluación se realizará por los profesores señalados en el plan docente anual de cada asignatura, siendo competencia del profesor coordinador de la asignatura la calificación final de la misma.

Comunicación a los estudiantes

Los profesores o coordinadores de las asignaturas podrán calificar a los estudiantes a lo largo del curso en función de su progreso académico, esta calificación será agregada a la nota final. La comunicación de la calificación al estudiante se realizará con anterioridad a la expedición del acta, con objeto de que el estudiante pueda ejercer su derecho a la revisión de la misma.

Las calificaciones finales de cada asignatura deberán hacerse públicas en los plazos que anualmente fije la Universidad para cada Máster Universitario:

  • Las calificaciones provisionales serán comunicadas por el Centro responsable de la impartición del título (Centro de Postgrado de la Universidad o centro colaborador) por los medios establecidos.
  • Las calificaciones definitivas serán comunicadas a través de la Secretaría Virtual de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

La defensa del Trabajo de Fin de Máster solo puede realizarse cuando el estudiante haya superado todas las asignaturas del Máster. Por ello se ha de calificar al estudiante en cuanto se tenga su calificación definitiva.

Revisión de calificaciones y reclamaciones 

Antes de elevar a definitivas las calificaciones correspondientes el profesor responsable de cada asignatura deberá publicar y comunicar las calificaciones provisionales a los estudiantes a efectos de que estos puedan solicitar la revisión de la calificación.

Los estudiantes podrán reclamar la revisión de su calificación ante la Comisión Académica del Máster Universitario que estén cursando. La revisión deberá ser solicitada por escrito en el formulario establecido, dirigido al Equipo Docente de la asignatura. Se deberá completar un formulario por cada asignatura en la que se desee solicitar revisión de calificación. Las solicitudes deberán rellenarse de forma individual, no aceptándose revisiones solicitadas de forma colectiva por varios alumnos.

No se admitirá solicitud de revisión de calificación alguna que esté fundada en razones ajenas a criterios estrictamente académicos.

La petición podrá realizarse por correo postal (Secretaría de Estudiantes UIMP. C/ Isaac Peral, 23, 28040 Madrid) o por correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), en el plazo de 7 días naturales contados a partir de la fecha de publicación de las notas en la Secretaría virtual de la UIMP o por el procedimiento establecido en el que se den a conocer las calificaciones de las distintas asignaturas.

  • Solicitud de revisión de calificación (Impresos)

Una vez recibida la solicitud de revisión, el Equipo Docente tendrá de plazo para responder hasta la fecha oficial de cierre de actas. La respuesta del Equipo Docente deberá ser motivada y ajustada a los criterios académicos de corrección que haya fijado cada Equipo Docente.

Realizada la revisión, se comunicará al Vicerrectorado de Postgrado e Investigación, mediante acta, la calificación de la asignatura obtenida en la revisión, para su anotación en el expediente del estudiante y comunicación al interesado.

En el caso de que el estudiante no esté conforme con el resultado de esta primera revisión, podrá solicitar al Vicerrectorado de Postgrado e Investigación en el plazo de 5 días naturales siguientes a la recepción de la resolución, la formación de la Comisión de Revisión de Calificación. La presentación de esta solicitud no impide la inclusión en actas de las calificaciones obtenidas tras la primera revisión.

La petición deberá presentarse por escrito en el formulario establecido y podrá realizarse por correo postal (Secretaría de Estudiantes UIMP. C/ Isaac Peral, 23, 28040 Madrid) o por correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.).

  • Solicitud de formación de Comisión de Revisión de Calificación (Impresos)

Recibida la solicitud para la formación de una Comisión de Revisión de Calificación, el Vicerrectorado de Postgrado e Investigación resolverá de forma motivada si procede o no su formación. En caso afirmativo se nombrará una Comisión formada por al menos tres profesores del área de conocimiento de la/s asignatura afectada/s, excluidos los profesores responsables de la primera revisión.

Esta Comisión podrá solicitar cuantos informes sean necesarios para resolver y su resolución será notificada al Vicerrectorado de Postgrado e Investigación, para la anotación de la calificación definitiva en el expediente del estudiante y su comunicación al interesado.

  • Notificación de evaluación razonada de calificación (Impresos)

Ante esta resolución el estudiante puede interponer un recurso de alzada ante el Rector de la UIMP en el plazo de un mes a contar desde su recepción.

Revisión de actas por Secretaría General 

Una vez elevadas a definitivas las calificaciones únicamente podrán modificarse de acuerdo con el siguiente procedimiento: 

1) Si, una vez que las calificaciones han sido elevadas a definitivas, se detecta un error en las mismas, el profesor responsable de la asignatura deberá solicitar por escrito la modificación a la Dirección del Máster Universitario correspondiente.

2) El Director del Máster Universitario resolverá la solicitud y la remitirá por escrito (firmada y motivada), mediante el formulario correspondiente, al Vicerrectorado de Postgrado e Investigación para su análisis y autorización. Este la remitirá a la Secretaría de Estudiantes para que se proceda a la modificación solicitada. 

3) Una vez realizada la modificación, la Secretaría de Estudiantes hará constar en la solicitud la fecha en que se ha realizado la modificación y la fecha en que se ha diligenciado el acta correspondiente.

Calificaciones fuera de plazo

Una vez transcurrido el plazo de introducción de calificaciones el sistema informático quedará cerrado. Si las actas han sido cerradas provisionalmente se seguirá el procedimiento que se describe a continuación:

1) Los profesores responsables que no hayan introducido o comunicado sus calificaciones dentro de los plazos establecidos, deberán solicitar por escrito al Vicerrectorado de Postgrado e Investigación la autorización para su introducción en el sistema, indicando las causas que han motivado el incumplimiento de los plazos establecidos. 

2. El Vicerrectorado de Postgrado e Investigación analizará la información indicada por el profesor y autorizará la introducción de las notas en la aplicación de actas.

Si las actas han sido cerradas definitivamente se deberá proceder tal y como se indica en el apartado anterior relativo a “Revisión de Actas por Secretaría General”. 

Consulta de calificaciones 

Los estudiantes podrán consultar a través de la Secretaría Virtual de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo las calificaciones de las asignaturas en que se hayan matriculado. 

Las calificaciones obtenidas a través de estos sistemas tendrán únicamente valor informativo y carecerán de validez administrativa.

Actas 

Cada asignatura, independientemente que pertenezca a uno o varios planes de estudio, tendrá un único acta final en la que aparecerán todos los estudiantes matriculados en la misma, identificados con su nombre y dos apellidos y con el número de DNI, pasaporte o NIE. Una vez cerrado el proceso de calificación, el profesor responsable o coordinador expedirá el acta final en la que se incluirán todos los estudiantes matriculados en la correspondiente asignatura. 

El coordinador de la asignatura será el responsable de la firma de las actas de calificación de las asignaturas que coordina. Las actas no serán firmadas en ningún caso por ayudantes, colaboradores o becarios de investigación, aunque hubiesen colaborado en la docencia de la asignatura. En el caso excepcional de imposibilidad de firmar el acta el profesor coordinador de la asignatura, el responsable de la firma de las mismas será el Director de los estudios.

Cualquier modificación posterior al acta deberá hacerse constar en una diligencia a la propia acta y comunicada previamente a Secretaría General para su autorización. Las actas serán custodiadas por la Secretaría General de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.