Definición y contenidos
Definición y contenidos de los Másteres Universitarios
Según establece el artículo 10 del Real Decreto 1393/2007, las enseñanzas de Máster Universitario tienen como finalidad la adquisición por el estudiante de una formación avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar, orientada a la especialización académica o profesional, o bien a promover la iniciación en tareas investigadoras.
- La estructura de los planes de estudio en los estudios oficiales de Máster Universitario se ajustará a lo dispuesto en la normativa general y en la específica dictada por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.
- Los estudios de Máster Universitario que permiten el acceso a actividades profesionales reguladas deberán ajustarse a las directrices generales que les sean de aplicación.
- El número de créditos de un Máster Universitario estará comprendido entre 60 y 120 créditos, y podrá incluir complementos de formación (que pueden estar dentro y fuera del Máster Universitario). El número de horas asociadas a cada crédito estará comprendido entre 25 y 30 horas.
- El plan de estudios contendrá toda la formación teórica y práctica que el estudiante deba adquirir: materias obligatorias, materias optativas, seminarios, prácticas externas, trabajos dirigidos, Trabajo de Fin de Máster, sistemas de evaluación, etc.
- Las asignaturas que formen parte del plan de estudios deberán ser igual o superior a 3 créditos. Se podrá incluir de manera excepcional alguna asignatura inferior a 3 créditos previa autorización expresa del Vicerrectorado de Postgrado e Investigación de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.
- El Artículo 15.3 del Real Decreto 1393/2007 establece que las enseñanzas de Máster Universitario “concluirán con la elaboración y defensa pública de un Trabajo de Fin de Máster” con una asignación de entre 6 y 30 créditos. Por lo tanto, tal defensa solo se podrá realizar cuando el estudiante haya superado todas las restantes asignaturas del Máster Universitario, incluidos los complementos de formación que le hubieran sido asignados.
- Se establece que dos másteres universitarios deben diferir en al menos 45 créditos. En ningún caso, másteres distintos podrán compartir el Trabajo de Fin de Máster, ya que este debe medir globalmente la adquisición de las competencias de cada título, y títulos diferentes deben tener competencias diferentes.
- Los planes de estudio de Máster Universitario podrán contemplar la realización de prácticas externas. Estas prácticas se efectuarán mediante convenio entre el Centro de Postgrado de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo o el centro colaborador responsable del Máster Universitario, según corresponda, y la empresa o institución pública o privada donde se realicen. El centro responsable de la impartición del título (Centro de Postgrado o el centro colaborador responsable) se encargará de gestionar la programación, el desarrollo y la calificación de las prácticas externas. La calificación de las prácticas externas será la otorgada por el tutor de prácticas del estudiante de acuerdo con lo indicado en la Memoria Verificada del título respecto de la evaluación de las mismas.
- El número mínimo de estudiantes en un Máster Universitario en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo deberá ser de diez (10) estudiantes.
- La extinción de un Máster Universitario será propuesta por el Vicerrectorado de Postgrado e Investigación de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo al Consejo de Gobierno de la Universidad, bien a iniciativa propia o a petición del centro responsable de la impartición justificada y analizada previamente por el Vicerrectorado de Postgrado e Investigación. Dicha propuesta será informada a la Comisión de Estudios de Postgrado y Doctorado de la Universidad.
Los Másteres Interuniversitarios
El artículo 3.4 del Real Decreto 1393/2007 establece que las Universidades podrán, mediante convenio con otras universidades nacionales o extranjeras, organizar enseñanzas conjuntas conducentes a la obtención de un único título oficial de Máster Universitario.
En el caso de Másteres Interuniversitarios el Centro Colaborador responsable de la titulación en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo podrá solicitar al Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo la no aplicación de alguno de los puntos de esta Normativa de Postgrado.
Los Másteres Interuniversitarios se regirán por lo que esté establecido en el convenio que los regula. No obstante el centro responsable de la impartición (Centro de Postgrado o centro colaborador) de Másteres Interuniversitarios en los que el convenio que los regula establezca que todos los estudiantes se matriculen en la Universidad coordinadora, y no sea esta la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, podrá solicitar a las universidades participantes la realización de un registro de los estudiantes matriculados en cada universidad.
Los estudiantes de este registro gozarán de los mismos derechos que los estudiantes de Máster Universitario de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y computarán como estudiantes de esta a los mismos efectos que los demás estudiantes de Máster Universitario de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.