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Matilde Cuena advierte que la nueva ley de crédito inmobiliario no resuelve la “concesión irresponsable” de préstamos

18/07/2019  SANTANDER UIMP Ley de contratos de crédito inmobiliario  Matilde Cuena Casas  FOTO: JUAN MANUEL SERRANO ARCE

Santander, 18 de julio de 2019-. La catedrática de Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid Matilde Cuena Casas ha criticado hoy la nueva ley de crédito inmobiliario, porque, a su juicio, “no ha resuelto” el panorama que dio origen a la crisis financiera iniciada en 2008, marcado por la “concesión irresponsable de crédito por parte de entidades financieras”. “La culpa es de esos gobiernos que no quieren poner freno a unos préstamos que, aunque irresponsables, hacen crecer la economía”, ha opinado.

Cuena Casas se ha manifestado en este sentido durante su conferencia La concesión responsable del crédito: la evaluación de la solvencia del cliente, incluida en el encuentro Ley de contratos de crédito inmobiliario, que desde ayer, miércoles 17 de julio, se viene celebrando en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP).

En su intervención, ha cargado contra la trasposición que la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, que entró en vigor el pasado 16 de junio, realizó de la Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial. Esta última, a su vez y como ha indicado la catedrática de Derecho Civil, surgió como “una respuesta a la crisis financiera” a nivel europeo.

En concreto, ha afeado que la norma promulgada en España no establezca una sanción disuasoria, de cara a las entidades financieras, de la concesión de préstamos irresponsables. “No hace una transposición adecuada de la Directiva y, en este punto, el agujero sigue siendo el mismo”, ha insistido.

Ha lamentado, así, que el texto normativo no contemple sanciones contractuales para las entidades bancarias que incumplan su obligación de evaluar la solvencia de aquellas personas a las que planea conceder un préstamo. Ha explicado que otros países que también han traspuesto a su ordenamiento jurídico la Directiva, como Francia, sí plantean la posibilidad de que los bancos que no actúen correctamente pierdan los intereses moratorios y remuneratorios de esos contratos.

Según ha explicado Cuena Casas, en España “los prestamistas que conceden préstamos de manera irresponsable solamente son sancionados por el supervisor” con sanciones administrativas. “El sistema sigue igual”, ha reiterado, y ha opinado que, por ello, el “incentivo” para prestar dinero solo a quien pueda devolverlo “es nulo”.

“La ley de crédito inmobiliario establece, por el incumplimiento de la obligación de evaluar la solvencia, sanciones administrativas impuestas por el supervisor. El mismo esquema que ha fracasado en el pasado, porque en el pasado todos los bancos han estado dando préstamos irresponsables, a la vista, ciencia y paciencia del Banco de España, que no ha hecho absolutamente nada”, ha afirmado.

Sobre las causas de la crisis económica, ha apuntado que “en España ha habido un préstamo irresponsable de deuda privada absolutamente escandaloso”. “Esa espiral inflacionista que genera el préstamo irresponsable la querían todos, la querían los consumidores, siempre optimistas, y por otro lado, los prestamistas y el Estado”, que “ganaron muchísimo dinero”.

La catedrática ha indicado, en este sentido, que la regulación de los préstamos, tanto al consumo como los hipotecarios, “desde un punto de vista macroeconómico”, requiere no ser “muy disuasoria”, ya que es lo que se “necesita para que la economía crezca”.

“El primer interesado en que no se regule el préstamo responsable son los gobiernos, y aquí no pongo color al gobierno, todos exactamente lo mismo”, ha concluido.

El presidente de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, Francisco Marín Castán, se encargará mañana de clausurar el encuentro Ley de contratos de crédito inmobiliario con la conferencia Doctrina del Tribunal de Justicia UE y jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre cláusulas abusivas en los préstamos hipotecarios.

 

Foto: Juan Manuel Serrano (UIMP)